El BOE oficializa el calendario laboral del próximo año con todos los festivos nacionales y autonómicos
El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se formaliza la relación de fiestas laborales para el ejercicio venidero en todo el territorio español. Esta resolución consolida las fechas no laborables, de carácter retribuido y no recuperable, estructuradas entre jornadas festivas de ámbito nacional y aquellas designadas por los respectivos gobiernos autonómicos. De este modo, los trabajadores y las empresas disponen ya del marco oficial para organizar sus turnos, jornadas y periodos de descanso de cara al calendario 2027, cerrando la configuración anual junto a las celebraciones que aún restan en el calendario 2026 de España.
La legislación laboral vigente en el país, fijada por el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.2, establece un límite anual de catorce días festivos no recuperables. De esta cifra global, doce jornadas son determinadas conjuntamente por la Administración General del Estado y las comunidades autónomas, mientras que las dos restantes corresponden estrictamente a fiestas de carácter local elegidas por cada ayuntamiento. La nueva ordenanza recoge minuciosamente cómo se distribuyen estas fechas comunes y diferenciales a lo largo de las distintas autonomías.
Distribución de los festivos nacionales en el nuevo calendario
El calendario laboral del próximo ejercicio incluye diez festividades de ámbito nacional que afectan a la totalidad de las comunidades autónomas. Estas jornadas reflejan fechas conmemorativas de arraigo histórico, civil o religioso que quedan fijadas sin posibilidad de sustitución general, salvo aquellas que caen en domingo y cuyo descanso puede ser desplazado al lunes por decisión de los ejecutivos regionales o asumido por el Estado.
Entre los hitos más relevantes del esquema aprobado figura la reubicación de la festividad de la Asunción, cuyo descanso laboral en todo el país se materializará el lunes 16 de agosto al coincidir la fecha original del 15 de agosto en domingo. De igual modo, celebraciones tradicionales como Todos los Santos (1 de noviembre) y el Día de la Constitución (6 de diciembre) caerán en lunes, lo que generará fines de semana largos automáticos para los asalariados de todas las regiones.

A continuación se detallan las fechas de los festivos nacionales oficiales que regirán de manera uniforme en las diecisiete comunidades autónomas y las dos ciudades autónomas:
| Fecha | Día de la semana | Festividad | Ámbito |
|---|---|---|---|
| 1 de enero | Viernes | Año Nuevo | Nacional |
| 6 de enero | Miércoles | Día de Reyes / Epifanía del Señor | Nacional |
| 26 de marzo | Viernes | Viernes Santo | Nacional |
| 1 de mayo | Sábado | Fiesta del Trabajo | Nacional |
| 16 de agosto | Lunes | Asunción (trasladada) | Nacional |
| 12 de octubre | Martes | Fiesta Nacional de España | Nacional |
| 1 de noviembre | Lunes | Día de Todos los Santos | Nacional |
| 6 de diciembre | Lunes | Día de la Constitución | Nacional |
| 8 de diciembre | Miércoles | Inmaculada Concepción | Nacional |
| 25 de diciembre | Sábado | Natividad del Señor / Navidad | Nacional |
Configuración de la Semana Santa entre el Jueves Santo y el Lunes de Pascua
La estructura de la Semana Santa presenta, como es habitual, una de las mayores divergencias autonómicas del calendario oficial. Mientras que el Viernes Santo (26 de marzo) es un día inhábil común y de obligado cumplimiento en toda España, las administraciones territoriales han ejercido su facultad de elección entre el Jueves Santo (25 de marzo) y el Lunes de Pascua (29 de marzo).
La gran mayoría de las comunidades autónomas han optado por decretar festivo el 25 de marzo (Jueves Santo), enlazando cuatro jornadas consecutivas de descanso laboral entre el jueves y el domingo. Este bloque mayoritario incluye a Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Cantabria, Castilla y León, Castilla-La Mancha, Canarias, Extremadura, Galicia, Islas Baleares, Región de Murcia, Comunidad de Madrid, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco y La Rioja.
Por el contrario, el Lunes de Pascua (29 de marzo) ha sido seleccionado como jornada inhábil en Cataluña y en la Comunidad Valenciana, territorios donde el Jueves Santo se mantiene como día laborable ordinario. Asimismo, varias comunidades han optado por integrar ambas opciones dentro de su cupo autonómico: Islas Baleares, Navarra, País Vasco y La Rioja tendrán tanto el 25 de marzo como el 29 de marzo como días festivos retribuidos, disfrutando así de cinco jornadas seguidas de descanso laboral durante la Semana Santa.
Ocasiones de puentes laborales y fines de semana largos
El reparto de días a lo largo de la semana ofrece varias alternativas propicias para el descanso continuado a nivel estatal. Al margen de la Semana Santa, la disposición de los festivos en lunes y viernes favorece la creación de descansos prolongados de tres jornadas sin necesidad de solicitar permisos retribuidos adicionales.
El año comenzará con un fin de semana prolongado, dado que el 1 de enero cae en viernes. Una situación idéntica se repetirá en el mes de agosto: al trasladarse la festividad de la Asunción al lunes 16 de agosto, los trabajadores contarán con tres jornadas inhábiles consecutivas en pleno periodo estival. Esta dinámica se reiterará en otoño con el 1 de noviembre (Día de Todos los Santos), que se celebrará en lunes, siguiendo un esquema de descanso similar al observado en las revisiones del puente de Todos los Santos de ejercicios precedentes.
Por su parte, el puente del 12 de octubre ofrecerá una oportunidad clara para quienes puedan solicitar un día de permiso, ya que la Fiesta Nacional de España se celebra en martes. En diciembre, el puente de la Constitución y la Inmaculada quedará fragmentado: el 6 de diciembre será lunes no laborable en todo el país, mientras que el 8 de diciembre caerá en miércoles, requiriendo el uso de un día intermedio de vacaciones para enlazar cinco días de asueto continuado.
Festividades autonómicas aprobadas en cada comunidad
Cada comunidad autónoma ha comunicado al Ministerio de Trabajo sus fiestas propias dentro del cupo reglamentario para completar los doce días de alcance general y regional. Estos días reflejan conmemoraciones históricas y estatutarias que únicamente aplican dentro de los límites territoriales de la respectiva comunidad.
Andalucía, Aragón y Principado de Asturias
En Andalucía, el Día de Andalucía (28 de febrero) coincide en domingo en este ejercicio, mientras que se ratifica el 25 de marzo (Jueves Santo) como su día no laborable autonómico. En Aragón, el calendario incorpora el 25 de marzo y el viernes 23 de abril, correspondiente al Día de Aragón (San Jorge), generando un puente de tres jornadas para los aragoneses. El Principado de Asturias contará con el 25 de marzo (Jueves Santo) y el miércoles 8 de septiembre (Día de Asturias).
Cantabria, Castilla y León y Castilla-La Mancha
Cantabria ha establecido como festivos autonómicos el 25 de marzo, el miércoles 28 de julio (Día de las Instituciones de Cantabria) y el miércoles 15 de septiembre (Festividad de la Bien Aparecida). Por su parte, Castilla y León contará con descanso el 25 de marzo y el viernes 23 de abril con ocasión del Día de Castilla y León. Castilla-La Mancha fija el 25 de marzo, el jueves 27 de mayo (Corpus Christi) y el lunes 31 de mayo (Día de la Región Castilla-La Mancha).
Canarias, Cataluña y Extremadura
En Canarias, el Jueves Santo (25 de marzo) es festivo en todo el archipiélago, mientras que el Día de Canarias (30 de mayo) cae en domingo. Cataluña presenta un esquema particular: además del Lunes de Pascua (29 de marzo), serán no laborables el jueves 24 de junio (Sant Joan), el sábado 11 de septiembre (Diada Nacional de Catalunya) y el domingo 26 de diciembre (San Esteban). En Extremadura, se descansa el 25 de marzo (Jueves Santo) y el miércoles 8 de septiembre (Día de Extremadura).
Galicia, Islas Baleares y Región de Murcia
Galicia contempla el 25 de marzo, el lunes 17 de mayo (Día das Letras Galegas) y el domingo 25 de julio (Santiago Apóstol). Las Islas Baleares contarán con el lunes 1 de marzo (Dia de les Illes Balears), el 25 de marzo (Jueves Santo) y el 29 de marzo (Lunes de Pascua). La Región de Murcia incorpora el Jueves Santo (25 de marzo) y el miércoles 9 de junio (Día de la Región de Murcia).
Comunidad de Madrid, Navarra, País Vasco, La Rioja y Comunidad Valenciana
La Comunidad de Madrid disfrutará del descanso el 25 de marzo y trasladará su festividad del 2 de mayo al lunes 3 de mayo (Fiesta de la Comunidad de Madrid), propiciando un fin de semana de tres días. Navarra y La Rioja contemplan el Jueves Santo (25 de marzo) y el Lunes de Pascua (29 de marzo), sumando La Rioja además el miércoles 9 de junio (Día de La Rioja). El País Vasco fija el 25 y 29 de marzo junto al 25 de julio (Santiago Apóstol). Por último, la Comunidad Valenciana no laborará el 29 de marzo (Lunes de Pascua), el jueves 24 de junio (Sant Joan) y el sábado 9 de octubre (Dia de la Comunitat Valenciana).
El papel de los dos festivos locales y cómo completar el cómputo anual
Con la publicación de los festivos nacionales y autonómicos en el BOE, el cuadro laboral aún no está cerrado al cien por cien para los empleados por cuenta ajena. El Estatuto de los Trabajadores estipula que a estos doce días deben sumarse obligatoriamente dos festivos locales, cuya potestad de designación recae de forma exclusiva en los plenos municipales de cada localidad.
Dichas fechas locales son tramitadas directamente por cada ayuntamiento y publicadas sucesivamente en los correspondientes boletines oficiales provinciales antes de que finalice el año en curso. Estos días suelen coincidir con festividades patronales, romerías o acontecimientos históricos de estricto interés municipal, por lo que una festividad local en una capital de provincia no afecta a las poblaciones colindantes.
Los departamentos de recursos humanos, centros educativos y sectores productivos toman este documento estatal como base indispensable para la confección de cuadrantes laborales, negociación de convenios colectivos y planificación de cierres de actividad. Con las fechas publicadas de forma oficial, la ciudadanía ya dispone de la certeza jurídica necesaria para organizar sus vacaciones y periodos de descanso.
También te puede interesar
- Espana Cambio De Hora De Otono Que Dia De Octubre Toca Retrasar Los Relojes Para El Horario De Invierno Nxej8q
- Economia Festivo Del 12 De Octubre Que Supermercados Y Centros Comerciales Abren Durante El Puente En Cada Comunidad Nxe8gj
- Educacion Vacaciones Escolares De Navidad Fechas Oficiales De Salida Y Vuelta Al Colegio Por Comunidad Autonoma Nxe4lv