Hacienda advierte del error más común al presentar la Renta que puede costarte una multa de 150 euros

Hacienda advierte del error más común al presentar la Renta que puede costarte una multa de 150 euros

La Agencia Tributaria ha lanzado una advertencia clave para los millones de contribuyentes que se encuentran en pleno proceso de presentar su declaración de la Renta. Un simple descuido, considerado el error más común al tramitar el borrador, puede acarrear una sanción económica de 150 euros. Este fallo, relacionado con la omisión o incorrección de datos básicos de identificación, afecta especialmente a quienes confirman el borrador de forma rápida a través de la aplicación móvil o la web oficial sin revisar detenidamente cada apartado.

El fallo en el domicilio fiscal: el descuido que penaliza la Agencia Tributaria

El error más habitual que cometen los contribuyentes y que conlleva una multa automática de 150 euros es no mantener actualizado el domicilio fiscal o introducirlo de forma errónea en la declaración. La normativa tributaria exige que todos los ciudadanos comuniquen cualquier cambio de residencia. Hacienda utiliza estos datos para determinar la comunidad autónoma en la que se deben pagar los impuestos, lo que influye directamente en los tramos del IRPF y en las deducciones autonómicas aplicables.

Muchos ciudadanos acceden al borrador y, con el objetivo de agilizar el trámite, confirman los datos que aparecen por defecto. Sin embargo, si se ha producido un traslado de vivienda durante el último año y no se ha modificado el domicilio fiscal en el sistema, la Agencia Tributaria puede iniciar un expediente sancionador. Esta infracción está calificada como leve, pero la sanción de 150 euros es fija y se aplica de manera directa una vez que la administración detecta la discrepancia.

Cómo comprobar y modificar los datos de vivienda en el borrador

Para evitar esta penalización, es fundamental que el contribuyente dedique unos minutos a verificar la información residencial antes de enviar el documento definitivo. Al acceder a Renta Web, el sistema solicita obligatoriamente la ratificación del domicilio fiscal. En este paso, se debe comprobar que la dirección, el código postal y, de manera muy especial, la referencia catastral del inmueble sean correctos.

La referencia catastral es el identificador oficial de la vivienda y consta de veinte caracteres alfanuméricos. Si se reside en régimen de alquiler, además de la dirección, se debe incluir el Número de Identificación Fiscal (NIF) del arrendador para poder optar a las deducciones correspondientes. Un error en estos dígitos o la omisión del NIF del casero no solo anula la posibilidad de desgravar el alquiler, sino que también puede ser motivo de requerimiento por parte de los inspectores de Hacienda.

Otras sanciones comunes por errores u omisiones en la declaración

El domicilio fiscal no es el único frente donde los contribuyentes deben extremar las precauciones. La prisa por cumplir con la obligación tributaria suele traducirse en otros fallos que también conllevan penalizaciones financieras. Por ejemplo, omitir la declaración de segundas residencias o locales comerciales vacíos genera una imputación de rentas inmobiliarias que, de no incluirse, provocará una liquidación paralela por parte de la administración.

Asimismo, el uso de plataformas de pago inmediato y la falta de declaración de ciertos movimientos financieros están bajo la lupa del fisco. Es conveniente recordar que Hacienda intensifica las inspecciones sobre Bizum y otros canales digitales, por lo que cualquier ingreso que deba tributar y sea omitido puede derivar en sanciones que oscilan entre el 50% y el 150% de la cantidad no declarada, además de los correspondientes intereses de demora.

La importancia de revisar el borrador antes del envío definitivo

El borrador que genera la Agencia Tributaria es una propuesta confeccionada con los datos que las empresas, bancos y administraciones públicas envían a lo largo del año. No obstante, este documento no es infalible y la responsabilidad final de que los datos sean verídicos y completos recae exclusivamente sobre el contribuyente. Confirmar un borrador con errores, aunque estos hayan sido generados por el propio sistema de Hacienda, no exime al ciudadano de la responsabilidad ni de la multa.

Por ello, se recomienda revisar con especial atención el estado civil, el nacimiento de hijos durante el ejercicio fiscal, las pensiones compensatorias y las deducciones por maternidad o familia numerosa. Si el plazo para presentar el documento está próximo a expirar, conviene recordar que Hacienda lanza un aviso urgente para los contribuyentes que aún no han presentado la declaración de la Renta, instando a no dejar el trámite para el último día para evitar colapsos en la plataforma y errores derivados de las prisas de última hora.

El procedimiento de Hacienda para notificar las multas

Cuando la Agencia Tributaria detecta una anomalía en el domicilio fiscal o en cualquier otro dato de la declaración, no emite la sanción de forma inmediata sin previo aviso. El procedimiento habitual comienza con el envío de una propuesta de resolución o un requerimiento de información. El contribuyente recibe esta notificación a través de una carta certificada en su domicilio o mediante el buzón electrónico de la sede de la Agencia Tributaria.

Una vez recibida la notificación, se abre un plazo de alegaciones para que el ciudadano pueda justificar el error o aportar las pruebas necesarias. En caso de que la sanción de 150 euros sea firme, el infractor puede acogerse a una reducción del 40% por pronto pago y conformidad, siempre y cuando efectúe el abono dentro del periodo voluntario indicado en la resolución y no interponga ningún recurso administrativo.

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