La DGT avisa: estas son las nuevas multas y prohibiciones para patinetes eléctricos en toda España

La DGT avisa: estas son las nuevas multas y prohibiciones para patinetes eléctricos en toda España

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha puesto en marcha una nueva campaña de control y vigilancia dirigida específicamente a los Vehículos de Movilidad Personal (VMP), con especial foco en los patinetes eléctricos. Ante el incremento de accidentes en entornos urbanos, las autoridades de tráfico han endurecido la aplicación de la normativa vigente, recordando las prohibiciones de circulación y las cuantiosas multas económicas a las que se enfrentan los usuarios que incumplan las reglas de seguridad vial en toda España.

El certificado de circulación obligatorio y la homologación de los VMP

Todos los patinetes eléctricos que se comercializan o circulan por las vías públicas deben cumplir con los estándares de calidad y seguridad establecidos en el Manual de características de los vehículos de movilidad personal. Aquellos dispositivos que no cuenten con el certificado de circulación emitido por un organismo autorizado no pueden ser utilizados en la vía pública. Las multas por circular con un vehículo no homologado o modificado técnicamente para superar los límites de velocidad permitidos pueden acarrear sanciones administrativas graves.

Este certificado garantiza que el vehículo cumple con los requisitos técnicos exigidos por la normativa nacional e internacional, incluyendo sistemas de frenado eficaces, catadióptricos, avisador acústico y un sistema de estabilización en parada. Los usuarios deben asegurarse de que su modelo cuenta con la placa de marcaje de fábrica para evitar la retirada del vehículo por parte de los agentes de la autoridad.

Prohibiciones de circulación: dónde no se puede usar el patinete eléctrico

Una de las infracciones más comunes y que más quejas genera entre los peatones es la circulación de patinetes eléctricos por las aceras y zonas peatonales. La DGT recuerda que estos vehículos tienen estrictamente prohibido transitar por estos espacios, debiendo circular por los carriles bici habilitados o, en su defecto, por la calzada de las vías urbanas autorizadas.

Asimismo, queda totalmente prohibida su circulación por vías interurbanas, autopistas, autovías, carreteras nacionales y túneles urbanos. Los patinetes eléctricos están diseñados exclusivamente para el ámbito urbano de corto recorrido, por lo que acceder a vías rápidas o de conexión entre municipios supone un grave riesgo para la integridad física del conductor y del resto de usuarios de la carretera. Incumplir esta norma de ubicación conlleva una sanción económica inmediata de 200 euros.

Cuadro de multas y sanciones más comunes de la DGT

El catálogo de sanciones para los usuarios de patinetes eléctricos se equipara en muchos aspectos al de los conductores de otros vehículos a motor. Entre las multas más destacadas se encuentran:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas: Las tasas permitidas son las mismas que para el resto de conductores (0,25 mg/l en aire espirado para conductores generales y 0,0 g/l para menores de edad). Las multas oscilan entre los 500 y los 1.000 euros, además de la inmovilización del vehículo.
  • Uso del teléfono móvil y auriculares: Está totalmente prohibido conducir un patinete eléctrico utilizando auriculares conectados a receptores o reproductores de sonido, así como hacer uso del teléfono móvil de forma manual. La sanción por esta infracción es de 200 euros. Esta medida se alinea con la estricta vigilancia de las distracciones al volante, similar a las nuevas multas por llevar el móvil en el soporte del coche que afectan a los conductores de turismos.
  • Circular dos personas en el mismo vehículo: Los patinetes eléctricos están homologados para el transporte de una única persona. Viajar acompañado en un VMP se sanciona con una multa de 100 euros.
  • Conducción nocturna sin alumbrado ni prendas reflectantes: Circular de noche o en condiciones de baja visibilidad sin luces delanteras y traseras, o sin llevar prendas reflectantes que permitan ser visto por el resto de usuarios de la vía, conlleva una multa de 200 euros.

El uso obligatorio del casco y la regulación municipal

Aunque la Ley de Tráfico establece el marco general para el uso del casco en los vehículos de movilidad personal, la regulación específica de su obligatoriedad depende en gran medida de las ordenanzas municipales de cada ayuntamiento. No obstante, la DGT recomienda firmemente su uso en todos los trayectos urbanos para minimizar el riesgo de lesiones craneales graves en caso de caída o colisión.

En aquellas localidades donde el casco es obligatorio por ordenanza municipal, no llevarlo puesto se sanciona con una multa de 200 euros. Además, los ayuntamientos tienen la potestad de regular otros aspectos como la edad mínima para conducir estos vehículos, que generalmente se sitúa entre los 15 y los 16 años, y la obligatoriedad de contar con un seguro de responsabilidad civil, una medida que cada vez gana más terreno en las principales capitales españolas.

Límites de velocidad y manipulación del software del patinete

Los patinetes eléctricos deben tener limitada su velocidad máxima de fábrica a 25 kilómetros por hora. Cualquier modificación del motor, de la batería o del software del vehículo para superar este límite legal está estrictamente prohibida. Los agentes de tráfico disponen de herramientas para verificar la velocidad máxima de los dispositivos en controles rutinarios.

Circular con un patinete eléctrico modificado o "trucado" no solo supone la inmovilización inmediata del vehículo, sino también multas que pueden superar los 500 euros por carecer de la homologación correspondiente para la velocidad alcanzada. La DGT insiste en que estas medidas buscan garantizar la convivencia segura entre peatones, ciclistas, usuarios de patinetes y conductores de vehículos a motor en el espacio público.

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