Publicado: 16/05/2026 09:01

La DGT endurece las normas para patinetes eléctricos: nuevos requisitos de circulación y multas desde hoy

La DGT endurece las normas para patinetes eléctricos: nuevos requisitos de circulación y multas desde hoy

Desde este 16 de mayo de 2026, la movilidad urbana en España experimenta un cambio radical con la entrada en vigor de la nueva normativa de la Dirección General de Tráfico (DGT) para los Vehículos de Movilidad Personal (VMP). Esta actualización legislativa busca poner orden en el creciente caos circulatorio de las grandes ciudades, endureciendo los requisitos técnicos de los patinetes eléctricos y estableciendo un régimen sancionador más severo para los usuarios que incumplan las reglas de convivencia vial.

Certificado de circulación: el documento indispensable

Uno de los pilares de esta reforma es la obligatoriedad del certificado de circulación. A partir de hoy, ningún patinete eléctrico que carezca de la placa de marcaje y el certificado de homologación correspondiente podrá circular por las vías públicas. Este documento garantiza que el vehículo cumple con los estándares de seguridad exigidos por la Unión Europea y la propia DGT, incluyendo sistemas de frenado eficaces, avisadores acústicos y luces de posición.

Los propietarios de vehículos adquiridos antes de la implementación de esta medida han tenido un periodo de carencia para regularizar su situación, pero desde esta mañana, los agentes de movilidad y la Guardia Civil de Tráfico están autorizados para retirar de la circulación cualquier unidad que no presente el código QR de identificación oficial. Esta medida se suma a otros cambios recientes en la red vial, como el nuevo sistema de peajes en autovías, que busca una gestión más eficiente del tráfico nacional.

Prohibición total de circulación por aceras y zonas peatonales

La DGT ha sido tajante: el patinete eléctrico es un vehículo y, como tal, su lugar está en la calzada o en los carriles bici habilitados. Queda terminantemente prohibido circular por aceras, parques, paseos marítimos o cualquier zona reservada exclusivamente a los peatones. El incumplimiento de esta norma se considera una infracción grave.

Esta restricción es especialmente relevante en jornadas de gran afluencia de público, como ocurre durante las celebraciones de San Isidro 2026 en Madrid, donde los cortes de tráfico y la masificación peatonal exigen un control estricto de los VMP para evitar atropellos. La normativa también prohíbe la circulación de estos vehículos por travesías, vías interurbanas, autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado, así como por túneles urbanos.

Casco obligatorio y elementos de protección personal

A diferencia de la normativa anterior, que dejaba en manos de las ordenanzas municipales la obligatoriedad del casco, la nueva ley nacional unifica el criterio: el uso del casco de protección es obligatorio para todos los conductores de VMP en cualquier vía. No llevarlo puesto conlleva una sanción económica inmediata.

Además del casco, los usuarios deben cumplir con otros requisitos de visibilidad. Durante la noche o en condiciones de baja visibilidad, es obligatorio el uso de prendas reflectantes. Asimismo, se prohíbe el uso de auriculares conectados a aparatos receptores o reproductores de sonido, así como el uso del teléfono móvil mientras se conduce, prácticas que han sido identificadas como las principales causas de distracción y accidentes en el último año.

Límites de velocidad y potencia técnica

La velocidad máxima permitida para estos vehículos se mantiene en los 25 km/h. Cualquier modificación del software o del motor para superar este límite se considera una infracción muy grave, que puede derivar en la inmovilización y posterior achatarramiento del vehículo. La DGT ha intensificado los controles con radares portátiles en carriles bici para detectar patinetes trucados.

Técnicamente, los VMP deben disponer de dos frenos independientes, con una capacidad de deceleración mínima. También deben estar equipados con catadióptricos frontales (blanco), en ambos laterales (blanco o color amarillo auto) y traseros (rojo). La luz de freno debe ser diferenciada o combinada con la luz trasera para advertir al resto de conductores de la maniobra de detención.

Cuadro de multas y sanciones económicas

El régimen sancionador se ha endurecido para disuadir a los infractores. Las multas más comunes a partir de hoy son:

  • Conducir bajo los efectos del alcohol o drogas: Entre 500 y 1.000 euros, dependiendo de la tasa, y la inmovilización del vehículo.
  • Uso del teléfono móvil o auriculares: 200 euros.
  • No utilizar el casco de protección: 200 euros.
  • Circular por la acera o zonas peatonales: 200 euros.
  • Transportar a un segundo pasajero: 100 euros (los VMP son vehículos de una sola plaza).
  • Circular sin luces o prendas reflectantes por la noche: 200 euros.

Es importante destacar que, en caso de que el infractor sea menor de edad, los padres o tutores legales responderán solidariamente de la multa impuesta.

Seguros y responsabilidad civil en 2026

Aunque la obligatoriedad de un seguro de responsabilidad civil nacional para particulares sigue en debate parlamentario para su aplicación total a finales de año, la DGT ya recomienda encarecidamente su contratación. Actualmente, muchas ciudades ya lo exigen a través de sus ordenanzas municipales para poder circular por su término. El objetivo es garantizar que, ante un eventual accidente con peatones u otros vehículos, los daños queden cubiertos.

La integración de los patinetes eléctricos en el ecosistema de transporte español requiere un compromiso compartido. Con estas nuevas reglas, Tráfico espera reducir en un 30% la siniestralidad asociada a los VMP en el próximo bienio, fomentando una movilidad sostenible que no comprometa la seguridad de los ciudadanos más vulnerables en la vía pública.

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